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viernes, 15 de junio de 2012

Todos contra el fraude: Publicidad del juego: ayuda en la persecución de operadores ilegales (Beatriz Villaverde -abogada de Legal & Media Advisers-)


Beatriz Villaverde
Dada la responsabilidad de los medios de comunicación, éstos ayudarán en la labor de inspección al menos hasta este viernes 15 de junio, que se publica el listado oficial donde podrán constatar los operadores con licencia.
De todos es sabido que hasta la entrada en vigor de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego (en adelante, la “Ley del Juego”) el juego online en España se situaba en un auténtico limbo entre la alegalidad y la ilegalidad y por tanto, la actividad de los operadores de Internet difícilmente era perseguible. Esta situación ha dado un giro absoluto en los últimos meses, y en especial en estas últimas semanas, con sucesos de gran importancia como, entre otros, la concesión de las licencias generales y singulares a los operadores por parte de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) el pasado 1 de junio.
Con la concesión de estas licencias, se abre una nueva etapa en el sector del juego, que entre otros aspectos, requiere el inicio de una labor inspectora y de persecución de aquellos operadores que continúen actuando sin la correspondiente licencia, o bien de aquellos operadores, que aún contando con la preceptiva licencia, dejen de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley del Juego y en su normativa de desarrollo.
A falta de publicación oficial del listado de licencias concedidas por la DGOJ, parece que han obtenido licencia 53 empresas, de las cuales habrían sido concedidas 91 licencias generales y 186 licencias singulares. Sin embargo, no será hasta este viernes 15 de junio, cuando el listado oficial será hecho público, lo cual tiene especial transcendencia a los efectos de persecución de los operadores ilegales.
Y es que, la Ley del Juego, establecía que el régimen sancionador entraría en vigor en la fecha de publicación de la resolución del primer procedimiento para el otorgamiento de licencias generales o el 1 de enero de 2012, si la citada resolución no se hubiera publicado con anterioridad a esa fecha.
Sin embargo, dada la dilación en el tiempo del plazo para la concesión de licencias, mediante el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, se introdujeron una serie de modificaciones en la Ley del Juego, entre otras: El régimen sancionador entrará en vigor en la fecha de publicación de la resolución de concesión de licencias o el 30 de junio de 2012, si la citada resolución no se hubiera publicado con anterioridad a esa fecha.

De esta forma, los operadores de Juego podían seguir actuando en el mercado, sin las licencias generales y singulares necesarias, hasta que se produjese el primer hito de los dos señalados en el párrafo anterior y nunca más tarde del 30 de junio de 2012. Habida cuenta la inminente publicación de la resolución de concesión de licencias este viernes 15 de junio de 2012, aquellos operadores que actúen en la ilegalidad a partir de tal fecha, estarán sujetos a posibles sanciones de hasta 50 millones de euros.
Así, es más que previsible que tanto desde la DGOJ, como de la mano y con la ayuda de los diversos operadores que sí han obtenido las licencias correspondientes, se inicie un proceso de inspección y persecución de operadores ilegales, para lo cual, el régimen de publicidad previsto en la Ley del Juego va a ostentar una posición importante. Y es que el artículo 7 de la Ley del Juego prevé que “Cualquier entidad, agencia de publicidad, prestador de servicios de comunicación audiovisual o electrónica, medio de comunicación o servicio de la sociedad de la información que difunda la publicidad y promoción directa o indirecta de juegos o de sus operadores, deberá constatar que quien solicite la inserción de los anuncios o reclamos publicitarios dispone del correspondiente título habilitante expedido por la Comisión Nacional del Juego y que éste le autoriza para la realización de la publicidad solicitada, absteniéndose de su práctica si careciera de aquel. La Comisión Nacional del Juego, a través de su página web, mantendrá actualizada y accesible la información sobre los operadores habilitados.”
Siendo así, dada la responsabilidad de los medios de comunicación, éstos ayudarán en la labor de inspección y persecución dado que deberán requerir, al menos hasta este viernes 15 de junio (que se publica el listado oficial donde podrán constatar los operadores con licencia) a cada operador que lleve a cabo cualquier actividad promocional, la acreditación del correspondiente título habilitante. A partir del 15 de junio tal tarea se simplifica pudiendo constatar la existencia del título habilitante de cada operador en la resolución oficial de operadores con licencia.
Esta obligación legal, se ve complementada por la obligación impuesta, en el recién aprobado (7 de junio) Código de Conducta sobre Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego, a las entidades adheridas (entre las que se encuentran varios medios de comunicación), que en su norma quinta, apartado segundo, señala que: “No se permitirán aquellas comunicaciones comerciales o autopromociones que: (…) realicen una promoción de modalidades o tipos de juego no autorizados o que induzcan a juegos desarrollados por quien no haya obtenido el correspondiente título habilitante”.
Las normas contenidas en el Código suscrito se refieren además a aspectos tales como los principios de juego responsable, la protección de menores o los principios de autorregulación de las comunicaciones comerciales en medios audiovisuales y los servicios de la sociedad de la información.
Habrá que esperar a que transcurran los próximos meses para averiguar si los mecanismos previstos por la normativa, sumados a la autorregulación provocan los resultados esperados, consiguiendo mantener un mercado del juego regulado y respetado.

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