La Consejería de Hacienda y Administración Pública ha dictado una orden, publicada este lunes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) por la que se aprueba la normativa específica por la que ha de regirse la modalidad de bingo electrónico en Andalucía.
Según dicha orden, consultada por Europa Press, la Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, estableció las normas por las que han de regirse los juegos y apuestas incluidos en el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad, catálogo ya aprobado hace varios años, y que recogía la modalidad, dentro de los juegos de bingo, de juego de bingo electrónico.
La orden, que entra en vigor este martes, recuerda que tras la reestructuración de consejerías, corresponden a la Consejería de Hacienda y Administración Pública las competencias en materia de juego de la comunidad autónoma, que venía ejerciendo la Consejería de Gobernación y Justicia.
De esta forma apunta que no se podía autoriza por los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía competentes en materia de juego la organización, gestión, explotación o práctica de aquellos juegos y apuestas que, estando incluidos en el catálogo, carecieran de regulación reglamentaria específica, circunstancia que concurría hasta el momento en la modalidad del bingo electrónico.
Esta modalidad de juego tiene como base y fundamento el bingo tradicional, regulado en el Reglamento del Juego del Bingo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en cuya disposición adicional tercera se establece que no se podrá autorizar la explotación de nuevas modalidades del juego del bingo en tanto que por la Consejería competente en materia de juego y apuestas no sean dictadas las correspondientes normas técnicas por las que han de regirse las nuevas modalidades.
La orden recuerda que la modalidad del bingo electrónico se encuentra en la actualidad implantada y regulada en varias comunidades autónomas, y para su organización, explotación y práctica se emplean sistemas y equipos de nueva generación tecnológica que "garantizan la máxima transparencia en el juego y la seguridad informática en su funcionamiento".
Por ello, la Consejería apunta que "se hace necesario establecer para el ámbito de esta comunidad autónoma la regulación específica de la modalidad de bingo electrónico, sobre la base de la más absoluta salvaguardia de los derechos que asisten a las personas que utilicen este nuevo producto de ocio en las salas de bingo autorizadas de Andalucía".
En dicha orden se define qué es bingo electrónico y sus distintos elementos (bola electrónica, bombo electrónico, cartón electrónico puesto electrónico de juego, entre otros). Asimismo, se alude a la necesidad de homologación de los sistemas y equipamiento del bingo electrónico, se determinan cuales son los establecimientos de juego autorizados, se habla del procedimiento para autorizar la práctica de este juego.
Asimismo, se alude a la necesidad de "seguridad y transparencia" de este juego, la necesidad de un determinado equipo y sistema informático o un sistema de verificación informática del mismo.
También se alude al desarrollo del propio juego, la definición de combinaciones ganadoras o el porcentaje destinado a premios, así como el pago de dichos premios o las incidencias durante el desarrollo del bingo electrónico.
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