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jueves, 27 de junio de 2013

El caso "EKASA" en el Tribunal Supremo y la burbuja judicial

La lectura de la sentencia del Tribunal Supremo a la que nos referimos, de 10 de Junio de 2013 publicada hoy en diversos medios y en la colección judicial, y que llamaremos desde ahora "caso EKASA" se nos hace difícil y puede sumir en la confusión a muchos, y en la perplejidad a la mayoría y ello me anima a comentarla, pero desde una perspectiva algo más amplia que la del propio caso concreto. Hay que intentar convertir estos fárragos en símbolos didácticos de los que obtener otras enseñanzas más allá que las del caso concreto.

Para resumir y no perdernos mucho, lo mejor es comenzar por el final, la declaración judicial que anula la licencia otorgada a EUSKAL KIROL APOSTUAK (Ekasa) para comercializar apuestas en el País Vasco. Recordando que esta licencia se otorgó en un "concurso público" en el que se convocaban las 3 únicas licencias planificadas, y una de las cuales se adjudicó a EKASA. El TS considera que la solicitud se presentó fuera de plazo, del "sagrado" plazo que en Derecho Administrativo opera como requisito imprescindible para ejercitar un derecho.
Para quien no esté acostumbrado a estos menesteres, decir que la figura e institución jurídica del "plazo administrativo" es una especie de icono para todos los que nos dedicamos a esta rama del Derecho, y en nuestros despachos siempre le tenemos dedicada una metafórica "capilla" a este santo a quien debemos devoción y deferencia.
Sin entrar en las consideraciones y detalles que corresponde solo a quien está directamente interesado en la sentencia (si es o no firme, si se va a recurrir al TC, si cabe aclaración, subsanación, complemento o rectificación etc), me parece oportuno reflexionar en otra consideración mucho más amplia .... ¿Cómo es entendible que ahora, casi 6 años después de haberse tramitado el expediente y adjudicado la autorización a EKASA, se declare que esta entidad solicitó su licencia un solo día fuera del plazo concedido y que por tanto se anula definitivamente? ¿ nadie con autoridad advirtió esta simple cuestión de hecho hasta ahora?
Intentando comprender y explicar la causa que lleva a este resultado, creo oportuno traer y analizar tres paradigmas judiciales que concurren en muchas ocasiones en la vía judicial, y que son motores de una verdadera "burbuja" de nuestro sistema judicial, un término muy de moda para describir ciertos fenómenos que tan artificialmente se expanden como terminan por explotar cuando concurren ciertas circunstancias límites., (de ahí la metáfora de la burbuja),
A mi entender desde hace tiempo en España estamos en presencia una clara "burbuja judicial" que incluso está "explotando"contínuamente y todos los días, y de la que tenemos constancia parcial y puntual en las noticias que día sí y otro también aparecen en los medios públicos, caracterizada por algunos factores que nos sirven también para el caso EKASA, de los cuales podemos apuntar algunos en términos más o menos coloquiales:
  1. "Las cosas de palacio, van despacio". (el razonamiento que sigue va dirigido a toda clase de "poderes": ejecutivo, judicial o parlamentario) Sí, es verdad que si consideramos a los Tribunales españoles unos verdaderos "palacios", no nos quedará otro remedio que asumir la antigua expresión, española como pocas, y heredada de los designios burocráticos del Imperio de Felipe II. Pero nada más lejos de la realidad actual, en épocas de Internet, donde vemos la caída de las Torres Gemelas de New York en tiempo real, etc.... Este es, quizás, uno de los mayores catalizadores de la burbuja judicial, solo modificable por la acción de los "poderes".. O asumimos entre todos que por muchas garantías judiciales que se otorguen a las partes, un asunto como este no puede demorarse 6 años en su resolución final, o estará servida la confusión.
  2. "Todo en Derecho es interpretable" (el razonamiento que sigue va dirigido a los abogados, asesores y a los mismos justiciables).Falso, si es el argumento que se utiliza para justificar que algo es muy difícil de defender, o cuando es indefendible y a pesar de todo se pretende defender.. Y es que una cosa es la exploración de situaciones jurídicas nuevas, que requieren una verdadera interpretación por parte de los Tribunales, y otra es que, desconociéndose la solución jurídica ya adoptada por ellos, se ignore cual va a ser la solución, y se extienda artificialmente un pleito o litigio con la esperanza de que el juzgado o Tribunal que deba conocer del caso cambie el criterio, o se "apiade" de una de las partes, o simplemente, se equivoque. La burbuja aquí solo se desinflará cuando la "educación" jurídica se promueva y extienda, o en casos más extremos y actuales, se aprueban Leyes de Tasas Judiciales que hacen pensarse dos veces iniciar los litigios.
  3. La pirámide de la Justicia española está constantemente cuestionada. (el razonamiento que sigue va dirigido a los poderes Autonómicos). Sí, en este contexto es absolutamente cierto que en el debate conceptual sobre la naturaleza de las Comunidades Autónomas españolas (muy similar al debate castellano aquel de si estamos ante "churras" o "merinas"), también existe una constante oposición a la "unidad jurídica del Estado" o sea, a cuales son "los Tribunales encargados de resolver según que cosa", o en términos legales "cual es el Tribunal competente para decidir cada cuestión o pleito". Y aquí existen constantes intentos políticos y doctrinales para "trocear" la competencia de los Tribunales centrales estatales ( o sea, Tribunal Supremo, pero también Audiencia Nacional, los Juzgado Centrales administrativos, etc.), en beneficio de los Tribunales Superiores de las Comunidades Autónomas como los últimos encargados de la revisión de los actos administrativos de las CCAA, y de hecho son la cúspide cuando se trata de decidir en "casación" sobre cualquier circunstancia del Derecho Autonómico. Y con ello se permite a los "poderes autonómicos" gestionar "Tribunales Autonómicos" como el caso de los Tribunales Económico Administrativos, e incluso "tener más cerca" (del poder autonómico) a los órganos judiciales.
Y así nos encontramos con que este simple asunto de EKASA ha tardado 6 años en ser resuelto, que además el problema del plazo de presentación no era tan "interpretable" como se pensaba, sino que está ya resuelto amplia y unánimemente por la Jurisprudencia ("dos meses" no es lo mismo que "dos meses y un día"); y que no se trata de una asunto de "Derecho Autonómico", que habría quedado resuelto en la "cercana" sede judicial del TSJ del País Vasco, sino que estamos ante un problema de "Derecho Administrativo Común" que por tanto debe ser decidido en última instancia por el Tribunal Supremo.
Ha tenido que ser en sede del TS, y en los oscuros y fríos despachos cercanos a aquella sala donde todavía se exhibe a los visitantes el siniestro mecanismo de ejecución de la pena del vil garrote, donde se ha recordado a los participantes en aquel concurso, pero también a la Administración vasca, y además al mismísimo Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que el "plazo" en Derecho Administrativo es un"sagrado" plazo. Y lo recuerda 6 años después de haberse sobrepasado el plazo, en Junio de 2013.
En fin, la burbuja ha estallado en este caso, y en los casos de explosión conviene no estar muy cerca.

¿Qué ocurrirá a partir de ahora?
La sentencia pone en un aprieto, es verdad, al derecho de EKASA para seguir explotando el negocio que desarrolla en virtud de la licencia ahora anulada .Y la solución más probable, si se confirma definitivamente la sentencia, que también esto es lo más probable, es que se debería adjudicar la tercera licencia a aquella entidad que quedó en cuarta posición (porque no se trata de reabrir el plazo para volver otra vez a reiniciar el proceso). Aunque, a la vista de la resolución adjudicadora, ni la misma entidad recurrente cumplió con el plazo, ni tampoco concurrieron otras empresas que alcanzaran los mínimos puntos exigidos para la adjudicación.... Un verdadero galimatías de difícil solución.
Al hilo de otras experiencias anteriores que me vienen a la memoria, no se descarta que, entre los afectados, se exploren alternativas menos dolorosas y más pragmáticas.

Vía: elrecreativo.com

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